Por que El rugby élite

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jueves, 26 de abril de 2012

IRB – CODIGO DE CONDUCTA – Regulación 20

Estimadas lectoras y lectores: continuando con la divulgación de algunas regulaciones de la IRB, que son FUNDAMENTALES para el mantenimiento del ESPIRITU de RUGBY, lo cual nos diferencia de algunos deportes, pero especialmente del fútbol, he decidido hacer un resumen de la regulación 20. Por otro lado, y en mis largos años de estar observando partidos, en anteriores temporadas y en esta también, algunos grandes ex-jugadores y ex-entrenadores en los entretiempos, al terminar los partidos y durante los mismos han reclamado a los referees. Durante los partidos NO SE PUEDE RECLAMAR, desde afuera a viva voz por fallos del referee y menos los entrenadores y jugadores que están en el banco de suplentes. Estas acciones son totalmente inaceptables desde cualquier prisma que se las mire. La regulación dice en sus inicios: “TODAS LAS UNIONES, ASOCIACIONES, ORGANISMOS de RUGBY, CLUBES y PERSONAS” deberán: 1- Garantizar que el Rugby se practique y conduzca de acuerdo al comportamiento disciplinado y deportivo, y reconocer que no es suficiente depender exclusivamente de los Oficiales del Partido para mantener esos principios. 2- Cooperar para asegurar que se mantenga el espíritu de las Leyes del Juego y abstenerse de seleccionar jugadores culpables de juego sucio. 3- No publicarán ni harán que se publiquen críticas sobre el modo en el que un árbitro o juez de touch manejó un partido. 4- No publicarán ni harán que se publiquen críticas sobre el modo en el que el Consejo o cualquier otro organismo disciplinario de rugby manejó o resolvió cualquier disputa o asunto disciplinario resultante de un incumplimiento de los Estatutos, Regulaciones, o Leyes del Juego. 5- Promoverán la reputación del Juego y harán todo lo posible para impedir que sea desacreditado. 6- No cometerán ninguna violación de las reglas antidoping tal como están definidas en la REGULACION 21. 7- No agraviarán, amenazarán o intimidarán al árbitro, juez de touch u otro Oficial del Partido, TANTO DENTRO COMO FUERA DEL CAMPO DE JUEGO. 8- No utilizarán un lenguaje o gestos rudos o insultantes hacia los árbitros, jueces de touch u otros Oficiales del Partido o espectadores. Cada Unión y Asociación esta obligada a: Cumplir y garantizar que cada uno de sus miembros cumplan este Código de Conducta. Adoptar procedimientos para monitorear el cumplimiento e imponer sanciones por incumplimienttos al Código de Conducta por parte de Personas bajo su jurisdicción. Con este resumen de los principales artículos he querido reflejar la gran importancia que le da la IRB, al Código de Conducta. Nicheto Fuente:Rugbytime

martes, 3 de enero de 2012

Interpretando el reglamento

TACKLES PELIGROSOS (TACKLES ALTOS).

Este es un memorándum adicional1 relacionado con los Tackles Peligrosos.
Las disposiciones específicas de la Ley 10(4)(e) en relación con los Tackles Altos dicen lo siguiente:
"Un jugador no debe efectuar sobre un oponente un tackle (o un intento de tackle) por encima de la línea de los hombros aún cuando el tackle haya comenzado por debajo de la línea de los hombros. Un tackle al cuello o a la cabeza debe ser considerado juego peligroso.
Un tackle con el brazo rígido debe ser considerado juego peligroso. Un jugador
efectúa un tackle de esas características cuando va con el brazo rígido a golpear a un oponente."

En la Conferencia Médica del IRB llevada a cabo en Noviembre de 2010 en Lensbury, se describieron los resultados de los estudios relacionados con lesiones sufridas como consecuencia de tackles. Un estudio en Inglaterra concluyó que la “más estricta implementación de las Leyes del Rugby relacionadas con choques y tackles por encima de la línea de los hombros puede reducir la cantidad de lesiones en la cabeza y el cuello”. Un estudio separado realizado en Nueva Zelanda concluyó que los “portadores de pelotas tenían un mayor riesgo de recibir tackles en la zona de la cabeza y el cuello”.
Los participantes de la Conferencia Médica en general reconocieron que los tackles por encima de la línea de los hombros tienen el potencial de causar lesiones graves y observaron que ha surgido una tendencia de que los jugadores responsables de esos tackles no fueran sancionados adecuadamente.
El objetivo de este Memorándum es resaltar que al igual que los tackles jabalina o lanza o ascensor, estos deben ser tratados con toda severidad por parte de los Árbitros y todos aquellos involucrados en el proceso disciplinario fuera del campo de juego.
Por supuesto que se reconoce que, al igual que con otro tipo de juego sucio y/o ilegal, dependiendo de las circunstancias del tackle alto, la gama de sanciones se extiende desde un penal hasta la tarjeta roja al jugador. Un tackle alto ilegal que involucre un brazo rígido o un movimiento del brazo a la cabeza del oponente, sin tener en cuenta la seguridad del jugador, reúne todas las condiciones de una acción que debería tener como consecuencia que se considere seriamente la aplicación de una tarjeta roja o una tarjeta amarilla.
Los Árbitros y Comisionados de Citaciones no deben tomar sus decisiones en base a lo que ellos consideren que fue la intención del jugador infractor. Su decisión debe estar basada en una evaluación objetiva (según la Ley 10.4(e)) de todas las circunstancias del tackle.
1 Consultar el memorándum sobre Tackles Peligrosos de fecha 8 de junio de 2009 referido a tackles que involucran a un jugador
levantado del suelo, sostenido horizontalmente y luego forzado o soltado al suelo.